ACUERDO N° 5696.
San Miguel de Tucumán, 12 de Diciembre de 2025.-
VISTO:

El Expediente N° 3983-940-2025, en el que se somete a Control Preventivo de este Tribunal de Cuentas la Resolución N° 104/2025, de fecha 12 de diciembre de 2025 dictada por el Ministerio Público Fiscal (fs. 38/41), que dispone en su Punto. I) APROBAR los trámites cumplidos en el presente expediente y, en consecuencia, AUTORIZAR la Contratación Directa Nº58/2025 para la Contratación de Anuncios Publicitarios Tik Tok (Ley N° 6970, art. 59, inc. 4) y ADJUDICAR a la firma ByteDance Ltd. el ITEM 1, descripto a fs. 28, por el monto total de usd 18.000,00. Se trata de una contratación por 12 (doce) meses, cuyo pago se realizará en forma mensual y variable, de acuerdo a los argumentos expresados en los considerandos de la presente resolutiva y lo establecido en el acápite II. Todo ello, conforme Resolución Ministerial N°070/2025, Anexo I, art. 1, Apartado 5 b); Resolución Ministerial N°020/2023 y Decreto Acuerdo 22/1 de 2009. Por su Punto II) DISPONE la aplicación de los fondos de la Cuenta Corriente N° 3-636-0000323399-7 denominada "Excedente Financiero MP. Fiscal" de Banco Macro S.A., Sucursal 636-Barrio Norte Tucumán (Ley Nº6930 - Excedentes Financieros), por el monto total estimado de $26.280.000,00 de acuerdo al procedimiento establecido en Anexo "Operatoria de Uso - Tarjeta Corporativa de Crédito", oportunamente aprobado mediante Resolución Ministerial Nº020/2023, según el cual los consumos de la Tarjeta Corporativa debitarán mensual y automáticamente de la mencionada cuenta, efectuando la entidad emisora la conversión a moneda nacional a la fecha de cierre del resumen de cuenta de la Tarjeta Corporativa.; y

CONSIDERANDO:

Que, encontrándose las actuaciones en el preindicado trámite, en fecha 12 de diciembre de 2025, ingresa a esta sede nota del Ministerio de Público Fiscal, solicitando la remisión del presente Expediente.

En razón de ello, se estima acceder a lo peticionado, y devolver las actuaciones a origen.

Por ello;

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

A C U E R D A

ARTICULO 1°: DEVOLVER las presentes actuaciones al Ministerio de Público Fiscal , según lo expuesto.

ARTICULO 2°: Comuníquese y oportunamente archívese.

FDO: C.P.N MIGUEL CHAIBEN TERRAF DR. SERGIO MIGUEL DIAZ RICCI C.P.N MARCELO VIDAL