El Expediente N° 3306-460-D-2024, en el que se someten a Control Preventivo de ley las Resoluciones N° 3717/9-(EATT) (fs. 77) y Nº 3718/9-(EATT), ambas de fecha 26 de noviembre de 2024 dictadas por el Ente Autárquico Tucumán Turismo (fs. 78/79), Por la primera de las mencionadas se dispone, en su Art. 1º: Declarar de Interés Turístico al evento 14º Neoworkshop Federal 2024, que se llevara a cabo el día Jueves 28 de Noviembre; en tanto por la Resolución Nº 3718/9-(EATT), dispone en su Art. 1º: Autorizar la Contratación del Sr. Santillán Sergio David (“El Turco, nombre de fantasía) por un monto total de $3.025.000 por la provisión de 500 combos para 500 personas, consistente en un sánguche de milanesa, una porción de papas fritas y un vaso de gaseosa y será encargado de montar el espacio gastronómico, representativo de la provincia durante el evento 14º Neoworkshop Federal 2024, que se llevará a cabo el día Jueves 28 de Noviembre de 2024, en las instalaciones de la Sociedad Rural de Tucumán. Por su Art 2º: Autorizar la contratación del Sr. Diego Molina por un monto de $1.500.000 que será encargado de brindar los espectáculos musicales y folclóricos, en el evento antes citado. En su Art. 3º: Autorizar la contratación de Eventos & Co S.A.S por un total de $9.570.000, quien se encargará de la provisión de los servicios de helados y algodón de azúcar, entrega de regionales, decoración y ornamentación de los salones, regalos institucionales, material institucional, merchandising y la contratación de promotoras durante el evento a realizarse el 28 de Noviembre del corriente año, en las instalación de la Sociedad Rural de Tucumán. Por su Art. 4°: Fija la imputación presupuestaria correspondiente. Por su Art. 5° Autoriza al Departamento de Tesorería del EATT a efectuar el pago por la suma total de $14.095.000,00. En el Art. 6° Dispone que las firmas adjudicatarias deberán sujetarse estrictamente a sus presupuestos obrantes a fs. 26, 31 y 41; y
Que, a fs. 85/87, el Departamento de Contadores Fiscales emite Informe Contable Nº 2486/24 señalando, “…La Resolución Nº 3717 sometida a Control de Ley no contiene aspectos presupuestarios sobre los cuales emitir opinión…” asimismo, en cuanto a lo dispuesto por Resolución N° 3718/9(EATT), indica que, “…En los aspectos de competencia de este Departamento de Contadores Fiscales, informo que la Imputación contable de las partidas sub-parciales consignadas en el Art.4º son correctas, y presupuestariamente poseen el saldo suficiente para el gasto que se tramita; todo ello de acuerdo al reporte del Sistema Contable Provincial que se adjunta, y la verificación de los Comprobantes de Compromisos que rolan desde fs.80 a 82…”
A fs. 88/89, obra Dictamen Nº 3408/24 de Asesoría Jurídica.
El análisis de las actuaciones determina que, en cuanto a la Resolución Nº 3717/9-(EATT), corresponde tomar conocimiento de la misma.
Por lo expuesto encontrándose la Resolución N° 3718/9-(EATT), encuadrada correctamente en lo normado en los Arts. 4°, 5° y 37º de la Ley 7484, concordante con lo establecido por su Decreto Reglamentario N° 363/3 y la Ley N° 9665 que crea el Fondo Provincial de Turismo y el Art. 59° inc. 5 de la Ley 6970 de Administración Financiera; teniendo en cuenta los informes de nuestros estamentos, contable y jurídico, habiéndose dictado el acto administrativo bajo análisis, conforme a las facultades conferidas por la normativa vigente y no existiendo objeciones de índole legal, corresponde no formular observación a la Resolución sometida a Control Preventivo.
Por ello,
EL TRIBUNAL DE CUENTAS
A C U E R D A
ARTICULO 1°: NO FORMULAR OBSERVACIÓN a la Resolución N° 3718/9 (EATT), de fecha 26 de noviembre de 2024 dictada por el Ente Autárquico Tucumán Turismo, sometida a Control Preventivo de ley, conforme a lo expuesto en los considerandos que anteceden.
ARTICULO 2°: TOMAR CONOCIMIENTO de la Resolución Nº 3717/9-(EATT), de fecha 26 de noviembre de 2024 dictada por el Ente Autárquico Tucumán Turismo, según lo expuesto.
ARTICULO 3°: Comuníquese y oportunamente archívese.
FDO: C.P.N MIGUEL CHAIBEN TERRAF DR. SERGIO MIGUEL DIAZ
RICCI C.P.N MARCELO VIDAL