Por su Artículo 1º se dispone la clausura del Juicio de Responsabilidad iniciado por Acuerdo n.º 3377/16 y Acuerdo nº 748/18. A su vez, se determina un daño al patrimonio estatal por el monto total de de $6.962.102,06, a valores actualizados al 31/08/20, declarándose patrimonialmente responsables solidarios a los imputados: Ing. Miguel Ángel BRITO, al Arq. Roberto José BIANCHI, al CPN José Ernesto AMÍN, a la Ing. Lidia del Carmen FIGUEROA, al Ing. José Ignacio ROMERO, al Sr. Luis Alberto ROLDÁN, al Ing. Julio Celestino BARRIENTOS, y al Ing. Fernando Néstor BERNARDO, conforme los montos señalados en los cargos fiscales que allí se indican. Asimismo, por las irregularidades administrativas y transgresiones legales verificadas, se impone sanción de MULTA (art. 172 Ley 6970) a los imputados: Ing. Miguel Ángel BRITO (por $157.156,10); Arq. Roberto José BIANCHI (por $143.367,60); Ing. Lidia del Carmen FIGUEROA (por $98.931,90); CPN José Ernesto AMÍN (por $99.831,19); Ing. Julio Celestino BARRIENTOS (por $108.642,10); Ing. José Ignacio ROMERO (por $77.510,90). Por último, atento a las irregularidades administrativas y el daño verificado, se dispone poner en conocimiento del Ministerio Público Fiscal las actuaciones, a los fines de la intervención de su competencia.
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