ACUERDO N° 4502.
San Miguel de Tucumán, 19 de Septiembre de 2022.-
VISTO:

El Expediente Nº 2059-213-C-2022, en el que se somete a Control Preventivo de Ley la Resolución Nº 147/7 (SES) de fecha 03 de Agosto de 2022, dictada por el Sr. Secretario de Estado Seguridad (fs. 31/32), que dispone en su Art. 1° RECONOCER al señor Sub Jefe de Policía de la Provincia, Crio. Gral. Rubén Eduardo Sobrecasa Acosta, DNI Nº 20.692.052, el derecho a percibir el saldo de Licencias Anuales Ordinarias 2019, 2020, 2021 y proporcional 2022 no gozadas, y en consecuencia, disponer el pago por la suma total de $1.434.579,49. Por su Art. 2º FACULTAR a la Dirección de Administración del Departamento General de Policía a emitir orden de pago respectiva. El Art. 3º fija Imputación Presupuestaria; y

CONSIDERANDO:

Que en su oportunidad este Tribunal de Cuentas emitió el Acuerdo nº 3995 en fecha 25 de Agosto de 2022 (fs. 40/41), expidiéndose sin formular observaciones a la Resolución Nº 147/7 (SES) de fecha 03/08/2022, condicionando su ejecutoriedad a que la Repartición cumplimente con lo señalado por nuestro estamento contable en su Informe nº 2946.

Reingresadas las actuaciones, a fs. 53/55 interviene el Departamento de Contadores Fiscales a través del Informe Contable Nº 3333 señalando, en los aspectos específicos de su competencia, que “…la imputación que se detalla en el artículo Nº 3 del acto bajo análisis es correcta y cuenta con saldo según reporte del SAFyC que se adjunta…”.

A fs. 56, Asesoría Jurídica se expide mediante Dictamen Nº 3776/2022.

Analizadas las actuaciones, habiéndose cumplimentado el condicionamiento impuesto por Acuerdo nº 3995/22 y teniendo en cuenta los informes de nuestros estamentos contable y jurídico, corresponde devolver las actuaciones a origen.

Por ello,

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

A C U E R D A

ARTICULO 1°: TENER POR CUMPLIMENTADO el condicionamiento impuesto por el Acuerdo nº 3995 del 25 de Agosto de 2022 y en consecuencia DEVOLVER las actuaciones a origen, conforme lo expuesto.

ARTICULO 2°: Comuníquese y oportunamente archívese.

JCC

FDO: C.P.N. MIGUEL CH. TERRAFC.P.N. MARCELO VIDALDr. SERGIO M. DIAZ RICCI