Que debidamente citados por la Instrucción los mencionados, a fin de que comparezcan a estar a derecho, según consta en las respectivas cédulas de notificación que glosan a fs. 38 y fs. 39, los mismos no han dado cumplimiento con tal diligencia razón por la cual, y teniendo presente la preceptiva del art. 183 de la Ley de Administración Financiera, corresponde declarar la REBELDIA de los responsables.
Que a fs.40 obra Dictamen nº 571/18 de Asesoría Jurídica
Por ello
EL TRIBUNAL DE CUENTAS
A C U E R D A
ARTICULO 1°: DECLARAR la REBELDIA de la Sra. ANGELICA MANZANEDO, DNI. 3.492.804- Ex Comisionada de la Comuna Rural de Gobernador Garmendia,y del Sr. RUBEN GUSTAVO PEREYRA, DNI. 17.878.977-Ex Secretario Habilitado de la Comuna Rural de Gobernador Garmendia, en el Juicio de Cuentas iniciado en contra de los mismos mediante Acuerdo nº 5034/17, según lo expuesto.
ARTICULO 2°: Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial por un (1) día y oportunamente archívese.
G.E.
FDO: C.P.N. MIGUEL CH. TERRAFC.P.N. MARCELO VIDALDr. SERGIO M. DIAZ RICCI